Ahora sí, la norma oficial mexicana NOM-002-STPS-2010, Condiciones de Seguridad-Prevención y Protección Contra Incendios en los Centros de Trabajo, que clasifica el riesgo de incendio en ordinario o alto, podrá modificarse como un traje más hecho a la medida; pues a más de un década de su publicación, en recientes fechas, y después de la pandemia por Covid-19, se han reanudado la negociaciones entre el sector industrial, comercial, así como los representantes de la Secretaría de Economía (SE), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y asociaciones vinculadas. 

Enrique Gutiérrez Hernández, subdirector de promoción de normatividad en seguridad y salud de la STPS, advierte que la razón de esta iniciativa es porque las empresas suelen quejarse de que su centro de trabajo no corresponde a ninguna de las dos clasificaciones contempladas por la NOM -002-STPS-2010, es decir, el estudio de clasificación de riesgo de incendio, ya sea total o por áreas del centro de trabajo, no es ni ordinario ni alto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), las normas oficiales mexicanas deben revisarse cada cinco años a partir de la fecha de su entrada en vigor, luego deben notificarse los resultados de la revisión al secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización (CNN), 60 días naturales posteriores a la terminación del período quinquenal correspondiente. De no hacerse la notificación, las normas pierden su vigencia y las dependencias que las expidieron deben publicar su cancelación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La NOM-002-STPS-2010 fue publicada el 09 de diciembre de 2010 y entró en vigor el 09 de junio de 2011, por lo tanto, señala Gutiérrez Hernández, fue ratificada en 2016 y en 2021, aunque, considerando la pandemia, las exigencias del mercado respecto a nuevas tecnologías, así como las nuevas formas de trabajo “debemos conseguir que, para este quinquenio sea específica y sea clara para que abarque al sistema normativo que conecta al patrón de un centro de trabajo o empresa, al sector proveedor de protección contra incendios, a los representantes de las autoridades gubernamentales, a las organizaciones verificadoras, acreditadoras y a los usuarios que trabajan en esos centros de trabajo”.

Modificaciones que favorezcan a las Pymes 

Los cambios a esta norma de carácter obligatorio se deben a que resulta obsoleta, pues si bien es cierto que los patrones no quieren más reglas o condiciones, muchas veces las normatividades resultan abstractas. “No debemos olvidar que éstas se constituyen como guías para saber si estamos haciendo bien el trabajo que nos corresponde o no, y el mercado exige que debemos actualizarla, inclusive, eliminar aspectos que no correspondan”, ahonda Hernández.

Por su parte, Francisco Reed, vicepresidente de normas de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), señala que es un tema complicado, pero se está abordando de manera convincente al estudiarse a profundidad, ya que las empresas podrán bajar su grado de riesgo porque con la mecánica actual es fácil confundirse con un grado de riesgo que no se justifica.

“A la industria no le gusta cubrir regulaciones cuando no se justifican, debemos convenir con las autoridades un acuerdo para proteger nuestros activos, sobre todo cuando el país se abre a la competencia internacional”, manifiesta Reed. 

Según la Organización Mundial de Comercio (OMC) en 2021, el país se acercó al ingreso de los 10 principales exportadores del mundo, con un valor de envío al exterior de 418 mil millones de dólares, superando a Reino Unido, Canadá, Singapur y Rusia. 

Si bien, los Censos Económicos 2019 muestran que México tiene 4.9 millones de establecimientos, 99.8% son micro, pequeños y medianos. Por sus características, estas unidades económicas tienden a presentar mayores cambios con respecto a las grandes empresas, en cuanto a ingresos, personal ocupado, ubicación, cierres y aperturas, principalmente. 

Estas cifras son reflejo de una situación más optimista para los exportadores mexicanos. Sin embargo, es necesario que las Pymes exportadoras se capaciten en nuevas tecnologías y busquen expandir sus mercados, a través de canales digitales, además de los tradicionales, y para ello, advierte Reed, “contar con normas adecuadas es fundamental para llevar a cabo este proceso”. 

Juan José Camacho Gómez, presidente de la asociación de rociadores automáticos contra incendios (AMRACI) sugiere que no se genera competitividad en este mundo globalizado, si la NOM-002-STPS-2010 continúa sin modificarse. 

“Ya que esta norma es la única norma obligatoria en el país relacionada con la seguridad y protección contra incendios en centros de trabajo, la continuidad de un negocio o centro de trabajo depende de varios factores, pero que el que esté protegido contra incendio debe ser uno de ellos, ya que la cadena de suministro no puede fallar, no por incendio”, declara el directivo. 

Además, la Asociación Mexicana de Seguros reportó que 6 mil millones de pesos se perdieron por incendio en años anteriores a la pandemia. El detalle es que hoy en día, sólo hay 335 reglamentos de construcción en los más de 2 mil municipios que existen en México, y aunque la NOM-002-STPS-2010 es la base para los reglamentos de construcción y protección civil, aclara el directivo de la AMRACI, sólo 10 % de estos municipios la toman como guía.

“Hay reglamentos que consideran algunos puntos de la NOM-002, pero he escuchado a autoridades locales tener una mala comprensión de ésta, de ahí la importancia de hacerla más clara y difundirla codo a codo; vamos resolviendo un asunto a la vez entre todos los involucrados para que sea mejor entendida y logre dar seguridad a las personas que habitan un centro de trabajo”, explica.

Añade, asimismo, que si se considera que el sector comercio es el de mayores unidades económicas, alrededor de 2 millones 600 mil, y más de 95 % son PyMes, la cadena de protección contra incendios no requiere de sistemas tan especializados, “porque se trata de que paguen menos los que deben pagar menos, según su tipo de riesgo (bajo, ordinario y alto), haciendo una especificación real del sistema de protección contra incendios a instalarse y mantenerse en su centro de trabajo. A diferencia de cuando fue publicada por primera vez y luego ratificada, esta vez, la convocatoria será mayor”. 

Camacho adelanta que se involucrará más a los representantes de la cadena de suministro “y no sólo a fabricantes y autoridades. En otras palabras, se trata de alinearse para reducir el impacto económico al inversionista que como nosotros también es dueño de un centro de trabajo”, finaliza.